{"id":17289,"date":"2020-06-30T02:37:06","date_gmt":"2020-06-30T02:37:06","guid":{"rendered":"http:\/\/www.sprotagonistas.com\/?p=17289"},"modified":"2020-07-17T12:56:55","modified_gmt":"2020-07-17T12:56:55","slug":"suprema-corte-definio-suspension-de-la-feria-de-invierno","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sprotagonistasarchivo.com.ar\/2021\/2020\/06\/30\/suprema-corte-definio-suspension-de-la-feria-de-invierno\/","title":{"rendered":"Suprema Corte defini\u00f3 suspensi\u00f3n de la feria de invierno"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>En el marco de la emergencia sanitaria entienden que es necesario brindar el servicio y proveer seguridad jur\u00eddica. A trav\u00e9s de una acordada se instruye a la Secretar\u00eda de Personal que elabore una propuesta de licencia compensatoria. Desde el gremio rechazaron la medida.<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Suprema Corte de Justicia resolvi\u00f3 suspender la feria judicial de invierno, en raz\u00f3n del estado de emergencia sanitaria y su inevitable impacto sobre el servicio de justicia. As\u00ed lo dispuso a trav\u00e9s del Acuerdo N\u00ba 3979 a fin de satisfacer las necesidades del servicio y proveer de seguridad jur\u00eddica contemplando las formas de armonizaci\u00f3n con el ejercicio de los derechos de quienes prestan funciones en el Poder Judicial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En los fundamentos de la decisi\u00f3n se expres\u00f3 que, en lo referente al receso invernal para la Justicia de la Provincia de Buenos Aires, corresponde a la Suprema Corte fijar la fecha a partir de la cual tendr\u00e1 inicio la pr\u00f3xima feria judicial, a diferencia de lo normado respecto de la feria del mes de enero, que se encuentra determinada por la propia ley. A ello se a\u00f1ade la normativa que faculta al Tribunal a suspender los per\u00edodos de inactividad cuando razones de real urgencia o el c\u00famulo de tareas as\u00ed lo hiciese necesario.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Finalmente, el Tribunal instruy\u00f3 a la Secretar\u00eda de Personal a que elabore una propuesta de licencia compensatoria, fraccionable en per\u00edodos no mayores de cinco d\u00edas h\u00e1biles consecutivos, que deber\u00e1 ser usufructuada dentro de los tres a\u00f1os siguientes al de finalizaci\u00f3n de la pandemia, cuidando de no generar una afectaci\u00f3n al servicio de justicia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta definici\u00f3n encontr\u00f3 una posici\u00f3n en contra por parte del&nbsp; gremio que nuclea a los trabajadores del sector.&nbsp; Se conoci\u00f3 que la Asociaci\u00f3n Judicial Bonaerense expresa su rechazo a la suspensi\u00f3n de la feria judicial de invierno dispuesta por la Suprema Corte atento que no existen motivos reales para sostener esa decisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Desde la entidad gremial&nbsp; entienden que en tanto el Poder Judicial mantuvo su funcionamiento durante todo el semestre &#8211; con las restricciones propias de la emergencia sanitaria &#8211; la suspensi\u00f3n del receso invernal s\u00f3lo constituye una nueva e innecesaria concesi\u00f3n a aquellos sectores que pretenden que se prioricen sus intereses econ\u00f3micos por sobre el cuidado de la salud del conjunto de la poblaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por otra parte, el mantenimiento de la feria invernal habr\u00eda cumplido un importante rol en materia sanitaria, al disminuir la afluencia de personas a los Tribunales en un momento en que se anuncia el endurecimiento de las medidas de aislamiento obligatorio como consecuencia del incremento sostenido del n\u00famero de contagios en la Provincia de Buenos Aires, y en el mismo per\u00edodo del a\u00f1o en que se multiplican las enfermedades respiratorias.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cabe resaltar el reconocimiento del derecho adquirido al descanso de las y los trabajadores judiciales, logrado como consecuencia de los reclamos realizados por la AJB ante la Suprema Corte. Esa exigencia fue transmitida con claridad al m\u00e1ximo Tribunal luego de registrarse medidas de suspensi\u00f3n de ferias invernales en el Poder Judicial de la Naci\u00f3n y en diferentes provincias, que incluyen el avasallamiento de aquel derecho esencial de la relaci\u00f3n laboral.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Reclamo<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Desde la Asociaci\u00f3n Judicial Bonaerense indicaron que se reclamar\u00e1 una instancia de negociaci\u00f3n colectiva para discutir los t\u00e9rminos de la reglamentaci\u00f3n del acuerdo dictado, donde se incluya la posibilidad de optar por el goce del descanso necesario durante el mes de julio a aquellas y aquellos empleados y funcionarios que sostuvieron el funcionamiento del Poder Judicial desde el comienzo de la pandemia, ya sea a trav\u00e9s del trabajo presencial o del trabajo a distancia.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el marco de la emergencia sanitaria entienden que es necesario brindar el servicio y proveer seguridad jur\u00eddica. 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