{"id":21004,"date":"2020-11-16T22:41:28","date_gmt":"2020-11-16T22:41:28","guid":{"rendered":"http:\/\/www.sprotagonistas.com\/?p=21004"},"modified":"2020-11-18T00:23:49","modified_gmt":"2020-11-18T00:23:49","slug":"el-municipio-avanza-en-la-posibilidad-de-cobrar-tasa-de-seguridad-e-higiene-a-la-concesionaria-de-peaje","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sprotagonistasarchivo.com.ar\/2021\/2020\/11\/16\/el-municipio-avanza-en-la-posibilidad-de-cobrar-tasa-de-seguridad-e-higiene-a-la-concesionaria-de-peaje\/","title":{"rendered":"El municipio avanza en la posibilidad de cobrar tasa de Seguridad e Higiene a la concesionaria de peaje"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>La gesti\u00f3n municipal busca que la firma que tiene la concesi\u00f3n de la Ruta 5, con oficinas administrativos funcionando en el partido, tribute en las arcas locales. La empresa aduce cuestiones jurisdiccionales y rechaz\u00f3 la intimaci\u00f3n del Ejecutivo. Detalles del expediente.<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El municipio se dispone a librar las \u00faltimas batallas a efectos de conseguir que la empresa CCA Green B, concesionaria de peaje en la Ruta Nacional 5, tribute la tasa de Seguridad e Higiene en Mercedes por su actividad comercial en las cabinas ubicadas en Olivera. La intenci\u00f3n data desde hace muchos a\u00f1os, a punto tal que oportunamente, cuando el camino estaba en manos de otra concesionaria, el concejal bordonista <strong>Oscar Fuentes<\/strong> hab\u00eda presentado un proyecto en tal sentido. Se supo por fuentes confiables que durante el mes de septiembre pasado desde el \u00e1rea de Gobierno se elabor\u00f3 un dictamen en el que se sugiere reiterar la intimaci\u00f3n a la empresa para que proceda a obtener la habilitaci\u00f3n municipal para el ejercicio de las actividades que se cumplen en las oficinas de atenci\u00f3n al p\u00fablico ubicadas en el kil\u00f3metro 86 de la Ruta Nacional N\u00b0 5, partido de Mercedes, presentando a tal fin la documentaci\u00f3n oportunamente solicitada. En consecuencia que comience a abonar la correspondiente Tasa por Inspecci\u00f3n de Seguridad e Higiene, bajo apercibimiento de determinar de oficio la deuda y proceder a ejecutarla mediante apremio de acuerdo a los t\u00e9rminos del C\u00f3digo de Procedimiento Fiscal y Tributario de la ciudad de Mercedes. En caso de lograr este prop\u00f3sito el municipio conseguir\u00eda una importante fuente de recaudaci\u00f3n que se viene negando desde hace d\u00e9cadas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Detalles<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El expediente suma cruces de cartas y notas. En agosto del corriente la empresa CCA Green B S.A. sostuvo que es una sociedad an\u00f3nima de objeto \u00fanico impuesto por la Ley nacional 27.328 y que en raz\u00f3n de ello su actividad se encuentra regulada por normativa nacional <strong>\u201cya que sus estaciones de peaje e instalaciones accesorias se encuentran dentro de jurisdicci\u00f3n nacional de la Direcci\u00f3n Nacional de Vialidad (como lo es la Ruta Nacional N\u00b0 5), y por tanto ajenas al contralor municipal\u201d<\/strong>. Agrega que <strong>\u201cen virtud de lo dispuesto expresamente por el Contrato de Participaci\u00f3n P\u00fablico-Privada, tambi\u00e9n es dable hacer notar que las estaciones de peaje e instalaciones accesorias del Corredor Vial Nacional B \u2013 Ruta Nacional N\u00b0 5 no son de propiedad de CCA Green B S.A., sino que \u00fanicamente han sido entregadas en posesi\u00f3n a CCA Green B S.A. en virtud de lo dispuesto por el Contrato de Participaci\u00f3n P\u00fablico-Privada\u201d<\/strong>. Por supuesto que fueron fundamentos para rechazar la intimaci\u00f3n del municipio de Mercedes. La administraci\u00f3n municipal entiende que es dable sostener en primer t\u00e9rmino que la normativa legal que avala la exigencia municipal de que CCA Green B S.A. obtenga la correspondiente habilitaci\u00f3n municipal para desarrollar actividades y abone la Tasa por Inspecci\u00f3n de Seguridad e Higiene surge de las facultades que la Constituci\u00f3n Nacional y la Constituci\u00f3n de la Provincia de Buenos Aires consagran a favor de las potestades municipales, las que han sido plasmadas, entre otras normas, en el C\u00f3digo de Procedimiento Fiscal y Tributario de la Municipalidad de Mercedes, que consagra la potestad municipal de regular todas las actividades que se cumplen en su \u00e1mbito, de ejercer el debido contralor y poder de polic\u00eda sobre dichas actividades y de imponer las contribuciones y tasas necesarias para solventar la prestaci\u00f3n de los servicios municipales. Tras abundar en fundamentos normativos y legales, consideran como indudable que el municipio de Mercedes cuenta con facultades constitucionales para ejercer el poder de polic\u00eda relativo a cuestiones edilicias, ambientales, de seguridad ciudadana y a la salubridad y salud p\u00fablica. <strong>\u201cLa actividad que desarrolla la firma CCA Green B S.A. consiste en la construcci\u00f3n, ampliaci\u00f3n, mejora, reparaci\u00f3n, remodelaci\u00f3n, operaci\u00f3n, mantenimiento y explotaci\u00f3n comercial del corredor vial nacional B integrado por el tramo de la Ruta Nacional N\u00b0 5 desde el kil\u00f3metro 73 (Luj\u00e1n, BA) hasta el kil\u00f3metro 606,65 (Santa Rosa, LP), conforme fuera adjudicado mediante licitaci\u00f3n p\u00fablica nacional. Dentro del partido de Mercedes la empresa opera las estaciones de cobro de peaje y las oficinas de pesaje y atenci\u00f3n al p\u00fablico en el kil\u00f3metro 86 de la citada ruta nacional. Este municipio reivindica su potestad constitucional para ejercer su poder de polic\u00eda respecto de las actividades que la firma CCA Green B S.A. desarrolla dentro del partido de Mercedes, pero siendo respetuoso de las mismas potestades constitucionales que le corresponden a la Naci\u00f3n. Concretamente, afirma su potestad para ejercitar el poder de polic\u00eda respecto de las instalaciones correspondientes a las oficinas administrativas y de atenci\u00f3n al p\u00fablico que la empresa CCA Green B S.A. posee por licitaci\u00f3n p\u00fablica en el kil\u00f3metro 86 de la Ruta Nacional N\u00b0 5, aun cuando esas instalaciones se encuentren localizadas sobre una ruta interjurisdiccional. Distinta es la situaci\u00f3n de las estaciones de cobro de peaje, \u00e1mbito en el cual la jurisdicci\u00f3n nacional desplaza a la jurisdicci\u00f3n municipal. En concreto, insistimos, la potestad municipal de ejercitar su poder de polic\u00eda y por tanto de cobrar las tasas respectivas alcanza a las oficinas administrativas que la firma opera en el partido de Mercedes\u201d<\/strong>, remarca un escrito sumado al expediente. Adem\u00e1s observa que el Contrato de Concesi\u00f3n del Corredor B firmado en julio de 2018, entre las obligaciones que pesa sobre el contratista, en su Art. 12.11 (P\u00e1g. 60) referido a los Tributos dice claramente: <strong>\u201cPagar, recaudar y\/o transferir, seg\u00fan corresponda, a las autoridades gubernamentales competentes los tributos inherentes a las actividades del contratista PPP y cumplir con la legislaci\u00f3n aplicable en materia tributaria\u201d<\/strong>, sin que establezca inmunidad fiscal alguna respecto de las obligaciones tributarias provinciales o municipales. M\u00e1s a\u00fan, el Art. 54 se refiere puntualmente al tema tributario y dispone: <strong>\u201cEl contratista PPP est\u00e1 sujeto al pago de todos los tributos establecidos por las leyes nacionales, provinciales y\/o municipales vigentes en cada momento; y no goza de excepci\u00f3n que le garantice exenciones ni estabilidad tributaria de impuestos, tasas o grav\u00e1menes nacionales, provinciales o municipales\u2026\u201d<\/strong>. A\u00f1ade que ser\u00eda inaceptable sostener que el solo hecho de que esas oficinas administrativas se encuentran localizadas sobre la traza de una ruta nacional <strong>\u201ces suficiente para repeler cualquier tipo de control sobre las mismas, m\u00e1xime cuando es un local de atenci\u00f3n al p\u00fablico y usuarios del corredor vial. En definitiva, la Municipalidad de Mercedes es competente para exigir el cumplimiento de las normas de buena vecindad, ornato, higiene, vialidad y moralidad a las oficinas administrativas en las que CCA Green B S.A. desarrolla actividades habituales y que se encuentran instaladas dentro del Partido\u201d<\/strong>, fundamenta. El escrito del que se conocieron detalles intima nuevamente <strong>\u201cy por \u00faltima vez a dar cumplimiento\u2026 bajo apercibimiento de disponer la inscripci\u00f3n de oficio en los registros municipales, determinar de oficio la deuda en concepto de Tasa por Inspecci\u00f3n de Seguridad de Higiene y reclamarla por v\u00eda de apremio\u201d<\/strong>, entienden \u00e1reas de la gesti\u00f3n municipal.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La gesti\u00f3n municipal busca que la firma que tiene la concesi\u00f3n de la Ruta 5, con oficinas administrativos funcionando en el partido, tribute en las arcas locales. 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