{"id":34263,"date":"2022-01-04T01:17:46","date_gmt":"2022-01-04T04:17:46","guid":{"rendered":"https:\/\/www.sprotagonistas.com\/?p=34263"},"modified":"2022-01-04T01:18:55","modified_gmt":"2022-01-04T04:18:55","slug":"la-legislatura-bonaerense-aprobo-la-reeleccion-de-intendentes-y-concejales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sprotagonistasarchivo.com.ar\/2021\/2022\/01\/04\/la-legislatura-bonaerense-aprobo-la-reeleccion-de-intendentes-y-concejales\/","title":{"rendered":"La Legislatura bonaerense aprob\u00f3 la reelecci\u00f3n de intendentes y concejales"},"content":{"rendered":"<h1><strong>En las C\u00e1maras Legislativas provinciales no hubo voto un\u00e1nime, aunque s\u00ed el n\u00famero suficiente para habilitar la reelecci\u00f3n de intendentes y concejales en 2023. Para los jefes comunales el 2019 es el que se computar\u00e1 como primer per\u00edodo, pero ya no se podr\u00e1 cortar a los dos a\u00f1os como sucedi\u00f3 en algunos casos.<\/strong><\/h1>\n<p>Los legisladores de la provincia de Buenos Aires sancionaron, con posturas que en el llamado poroteo dividi\u00f3 el agua, el proyecto de ley que modifica la ley que limita las reelecciones de representantes. La modificaci\u00f3n de la normativa establece que esta limitante se volver\u00e1 efectiva a partir de 2023 para los intendentes y desde el 2025 para legisladores provinciales y locales. En t\u00e9rminos generales, en ambas C\u00e1maras los legisladores massistas, de la Coalici\u00f3n C\u00edvica-ARI y los referentes del vidalismo, se opusieron a la modificaci\u00f3n de la Ley 14836. En tanto que en el Senado se abstuvo el senador oficialista <strong>Francisco \u201cPaco\u201d Dura\u00f1ona <\/strong>y los tres diputados de Avanza Libertad votaron negativamente. Hubo 24 votos negativos para el tratamiento en Diputados sobre 92 presentes; y en el Senado se contaron apenas unos 8 negativos; 4 massistas, 2 CC-ARI y 2 vidalistas.\u00a0 Seg\u00fan la normativa anterior, la ley ahora modificada, las re reelecciones no pod\u00edan producirse en el caso de los intendentes en 2023, y en el caso de los legisladores que fueron parte de las legislativas de 2017 ya se hab\u00eda cumplido en 2021. En concreto hubo dos proyectos de ley, uno presentado por el senador de Juntos <strong>Juan Pablo Allan<\/strong> y el ex ministro de Vidal <strong>Joaqu\u00edn de la Torre<\/strong> y otro de la senadora del FdT <strong>Gabriela Demar\u00eda<\/strong>. Se fusionaron ambos, se acord\u00f3 un texto com\u00fan y cuando los n\u00fameros daban se\u00f1ales de aprobaci\u00f3n, fueron al recinto al debate. Sabido es que en el a\u00f1o 2016 la Legislatura bonaerense decidi\u00f3 avanzar sobre las reelecciones indefinidas. Para los autores de la iniciativa el objetivo de aquella propuesta fue <strong>\u201cclaro y la sociedad lo apoy\u00f3 contundentemente, sin embargo, una ley clara termin\u00f3 desdibuj\u00e1ndose por las interpretaciones que desvirt\u00faan claramente el esp\u00edritu de la ley\u201d<\/strong>, se escuchaba en los pasillos de la Legislatura, pero tambi\u00e9n fuera de ellos. <strong>\u201cMuchos dirigentes, ampar\u00e1ndose en el decreto reglamentario de la ley, Decreto 265\/19, pensado para situaciones puntuales y excepcionales, utilizaron como herramienta generalizada la renuncia o licencia a sus cargos antes de cumplirse los 2 a\u00f1os de mandato para burlar la voluntad del legislador, ampliamente explicada en los debates parlamentarios, y as\u00ed poder presentarse nuevamente a elecciones para el cargo al que hab\u00edan renunciado\u201d<\/strong>. Esto sucedi\u00f3 con una importante cantidad de jefes comunales tal el caso de <strong>Santiago Maggioti<\/strong> en Navarro o <strong>Carlos Puglelli<\/strong> en G\u00edles por mencionar distritos cercanos. Tambi\u00e9n en Mercedes se produjo el pedido de licencia de <strong>Mat\u00edas Dematei<\/strong>, poco antes del 10 de diciembre pasado. Ese atajo hac\u00eda que el mandato se entienda como no completado y por lo tanto no v\u00e1lido para la aplicaci\u00f3n de la ley.\u00a0 Los legisladores vieron este acto como <strong>\u201cuna clara violaci\u00f3n al principio de igualdad ante la ley ya que algunos podr\u00e1n volver a presentarse a una tercera elecci\u00f3n, mientras que los que cumplieron con el mandato popular no lo podr\u00e1n hacer, incre\u00edblemente cumplir con el compromiso ante una sociedad que los vot\u00f3 y respetar la ley termina siendo un perjuicio pol\u00edtico de cara a las pr\u00f3ximas elecciones\u201d<\/strong>, consignaron. De all\u00ed que en el art\u00edculo 3 de la norma sancionada se detalla que <strong>\u201cel intendente y los concejales ser\u00e1n elegidos directamente por el pueblo, durar\u00e1n en sus funciones el t\u00e9rmino de cuatro a\u00f1os y podr\u00e1n ser reelectos por un nuevo per\u00edodo. Si han sido reelectos no podr\u00e1n ser elegidos ni ocupar el mismo cargo, sino con intervalo de un per\u00edodo\u201d<\/strong>. Agrega que quedan comprendidos en la prohibici\u00f3n todos aquellos que hayan asumido su cargo por un segundo periodo sin importar que el mismo haya sido ejercido total o parcialmente. Es decir, el atajo no fue tal. Pero lo m\u00e1s trascendente del proyecto es la modificaci\u00f3n del art\u00edculo 7\u00b0 de la Ley 14836 que quedara redactado de la siguiente manera: <strong>\u201cLos mandatos de intendentes, concejales, consejeros escolares, diputados y senadores que se hayan iniciado como resultado de las elecciones del a\u00f1o 2017 y 2019 ser\u00e1n considerados como primer per\u00edodo a los efectos de la aplicaci\u00f3n de la presente ley\u201d<\/strong>. En el caso de los mandatos que se hubieren iniciado como resultado de las elecciones del 2021, se computar\u00e1 <strong>\u201ccomo primer per\u00edodo solo en el caso que no haya ejercido un mandato inmediato anterior\u201d.<\/strong> El principio que indica que las leyes no son retroactivas fue un argumento clave, dado que la ley modificada se reglament\u00f3 en 2016. Con esta nueva redacci\u00f3n la ley se entiende que quedar\u00e1 con \u201cmayor claridad\u201d que debe pasar <strong>\u201cun periodo de 4 a\u00f1os si una persona quiere postularse por tercera vez para un cargo, independientemente del tiempo que haya ejercido efectivamente su segundo mandato una vez reelegido\u201d<\/strong>, se afirma. Pero al mismo tiempo, como efecto inmediato se habilita la re reelecci\u00f3n de intendentes, concejales, senadores y diputados, que fueron electos en 2015 y que por la ley original estaban impedidos de poder presentarse a una nueva reelecci\u00f3n en las elecciones de 2023. Esto tiene implicancia en Mercedes con relaci\u00f3n al intendente <strong>Juan Ignacio Ustarroz<\/strong>, quien, con esta nueva norma, si as\u00ed lo desea, no tendr\u00e1 impedimentos legales para buscar su tercer mandato.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En las C\u00e1maras Legislativas provinciales no hubo voto un\u00e1nime, aunque s\u00ed el n\u00famero suficiente para habilitar la reelecci\u00f3n de intendentes y concejales en 2023. Para los jefes comunales el 2019 es el que se computar\u00e1 como primer per\u00edodo, pero ya no se podr\u00e1 cortar a los dos a\u00f1os como sucedi\u00f3 en algunos casos. 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