{"id":43007,"date":"2022-09-19T10:44:00","date_gmt":"2022-09-19T13:44:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.sprotagonistas.com\/?p=43007"},"modified":"2022-09-19T14:42:32","modified_gmt":"2022-09-19T17:42:32","slug":"el-dia-del-empleado-de-comercio-se-asimila-a-un-feriado-nacional","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sprotagonistasarchivo.com.ar\/2021\/2022\/09\/19\/el-dia-del-empleado-de-comercio-se-asimila-a-un-feriado-nacional\/","title":{"rendered":"El D\u00eda del Empleado de Comercio se asimila a un feriado nacional"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Desde hace varios a\u00f1os est\u00e1 establecido que el d\u00eda del trabajador mercantil se contempla como d\u00eda no laborable y pago. Desde el gremio buscan que los empleadores reconozcan este derecho. El Sindicato realizar\u00e1 sorteos.<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El venidero lunes 26 de septiembre se celebra el d\u00eda del trabajador mercantil. Cada a\u00f1o, el D\u00eda del Empleado de Comercio, sigue generando un debate en torno a c\u00f3mo debe concebirse la jornada laboral. No obstante, desde el gremio local aseguran que es una cuesti\u00f3n que ya est\u00e1 clara y es sabida tanto para los trabajadores como para el sector empresario. La fecha siempre fue precedida de reuniones y encuentros del Sindicato con la C\u00e1mara Econ\u00f3mica y hasta con campa\u00f1as publicitarias donde se recordaba la fecha. Sin embargo, insisten que no existe tal necesidad. Pues como establece la Ley 26.541, el pr\u00f3ximo lunes se conmemora el D\u00eda del Empleado de Comercio para aquellos trabajadores comprendidos en el CCT 130\/75, <strong>\u201casimil\u00e1ndose ese d\u00eda como un feriado nacional no laborable para todo empleado mercantil\u201d<\/strong>. Sabido es que la jornada no afecta la apertura de los comercios cuando los mismos son atendidos por sus propios due\u00f1os y\/o familiares o con aquellos empleados que decidan de com\u00fan acuerdo con el empleador desempe\u00f1ar sus tareas normalmente, los que deber\u00e1n ser recompensados con pago doble. <strong>\u201cA los efectos del pago de ese d\u00eda se contempla ante la ley como un feriado nacional, liquid\u00e1ndolo al 100%. Dicha celebraci\u00f3n fue dispuesta por la Ley 26.541 a finales del a\u00f1o 2009, estableci\u00e9ndose el d\u00eda 26 de septiembre de cada a\u00f1o como el D\u00eda del Empleado de Comercio asimil\u00e1ndolo a los feriados nacionales\u201d<\/strong>, destacaron fuentes gremiales y empresarias. La misma fuente agreg\u00f3 que estos d\u00edas no exigen el otorgamiento de un descanso compensatorio cuando se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100%. Si no se trabaja, el empleado de comercio tiene descanso ese d\u00eda, pero su remuneraci\u00f3n mensual no variar\u00e1.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Sorteos<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Desde el Sindicato de Empleados de Comercio de Mercedes, durante este a\u00f1o se anunci\u00f3 que volver\u00e1n a realizarse sorteos de electrodom\u00e9sticos a modo de reconocimiento para los trabajadores. Desde la filial se inform\u00f3 que como primer premio habr\u00e1 de regalo una TV Smart de 43 pulgadas. <strong>\u201cLa idea siempre para nosotros es volver a realizar un evento, un encuentro en el que podamos estar todos los trabajadores juntos, pero realmente los valores actuales son importantes para afrontar en momentos realmente dif\u00edciles. No obstante, estamos trabajando con anticipaci\u00f3n para analizar alternativas y creemos que el a\u00f1o pr\u00f3ximo vamos a hacer el esfuerzo e intentaremos volver a esos festejos que tanto deseamos y disfrutamos en cada oportunidad que lo concretamos\u201d<\/strong>, dijeron. En tal sentido la conducci\u00f3n del SEC insisti\u00f3 en la fecha, <strong>\u201cel d\u00eda es el 26 y este a\u00f1o cae lunes. Como conducci\u00f3n gremial esperamos que todos disfruten de su d\u00eda. Es cierto que en a\u00f1os anteriores realiz\u00e1bamos reuniones con la C\u00e1mara Econ\u00f3mica &nbsp;donde se planteaba que este feriado tiene los alcances de un feriado nacional y que por ende no hay obligaci\u00f3n de ir a trabajar, pero si el empleado concurre lo cobra doble\u2026 esto es absolutamente cierto, pero lo que desde el Sindicato buscamos siempre es el reconocimiento de cada empleador con sus empleados\u2026 que esto se traduzca en un d\u00eda para que puedan disfrutar su d\u00eda, algo m\u00e1s que merecido.&nbsp; Por eso esperamos que aquellos empleadores que sabemos, suelen presionar a los trabajadores para que ese d\u00eda vayan a trabajar, le concedan ese derecho como un justo reconocimiento\u201d<\/strong>, consideraron.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde hace varios a\u00f1os est\u00e1 establecido que el d\u00eda del trabajador mercantil se contempla como d\u00eda no laborable y pago. 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