{"id":47465,"date":"2023-01-10T13:05:08","date_gmt":"2023-01-10T16:05:08","guid":{"rendered":"https:\/\/www.sprotagonistas.com\/?p=47465"},"modified":"2023-01-10T13:05:09","modified_gmt":"2023-01-10T16:05:09","slug":"oceba-aplica-fuerte-penalizacion-a-eden-por-calidad-del-servicio-entre-2017-y-2018","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sprotagonistasarchivo.com.ar\/2021\/2023\/01\/10\/oceba-aplica-fuerte-penalizacion-a-eden-por-calidad-del-servicio-entre-2017-y-2018\/","title":{"rendered":"<strong>OCEBA aplica fuerte penalizaci\u00f3n a EDEN por calidad del servicio entre 2017 y 2018<\/strong>"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>El organismo de control funda sus penalidades en la calidad de producto y el &nbsp;servicio t\u00e9cnico. En dos per\u00edodos diferentes encontr\u00f3 que el servicio no cumpl\u00eda con el nivel de calidad establecido en los contratos.<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El OCEBA finalmente aplic\u00f3 fuertes sanciones contra la empresa EDEN y no precisamente por los cortes que se registraron durante el pasado mes de diciembre sino por cuestiones de vieja data. Las multas aplicadas por el organismo de control bonaerense superan los 8 millones de pesos las cuales est\u00e1n fundadas en dos resoluciones diferentes. Una de 3.9 millones y otra de 5.3, ambas publicadas en el Bolet\u00edn Oficial de la provincia de Buenos Aires.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La primera de ellas se\u00f1ala que por actuaciones del ente de control se ha solicitado a la empresa EDEN toda la informaci\u00f3n correspondiente al trig\u00e9simo tercer (33\u00b0) per\u00edodo de control, comprendido entre el 2 de junio y el 1\u00ba de diciembre de 2017 de la Etapa de R\u00e9gimen, respecto de la eventual penalizaci\u00f3n que pudiera corresponder por apartamientos a los l\u00edmites admisibles de Calidad de Producto y Servicio T\u00e9cnico. En tal sentido la distribuidora remiti\u00f3 las diferentes constancias con los resultados del semestre en cuesti\u00f3n. Dichos informes y como consecuencia de la actividad de auditor\u00eda de verificaci\u00f3n llevada a cabo por el auditor, la Gerencia de Control de Concesiones concluy\u00f3: <strong>\u201c\u2026surgen las penalizaciones a aplicar por los apartamientos a los par\u00e1metros de calidad establecidos en el contrato de concesi\u00f3n correspondiente\u201d<\/strong>. Las penalizaciones tienen que ver con Calidad de Producto T\u00e9cnico: $91.334,02; y Total Calidad de Servicio T\u00e9cnico: $3.899.239,07; 3. El total de la penalizaci\u00f3n es de $3.990.573,09. Agrega que la Gerencia de Procesos Regulatorios se\u00f1al\u00f3 que el Marco Regulatorio El\u00e9ctrico establecido por la Ley 11.769, garantiza el derecho de los usuarios a recibir un suministro de energ\u00eda que cumpla con metas y niveles de calidad de servicios m\u00ednimos, que se determinan en los respectivos contratos de concesi\u00f3n. En tal sentido, el Contrato de Concesi\u00f3n, establece que es responsabilidad del distribuidor prestar el servicio p\u00fablico de distribuci\u00f3n de electricidad con un nivel de calidad satisfactorio, acorde con los par\u00e1metros establecidos de forma tal de asegurar la prestaci\u00f3n del servicio con la calidad m\u00ednima indicada, dando lugar su incumplimiento a la aplicaci\u00f3n de sanciones. Se aclara que la penalizaci\u00f3n por los apartamientos a los par\u00e1metros de calidad establecidos en el contrato de concesi\u00f3n correspondiente al per\u00edodo auditado <strong>\u201cdeber\u00e1 ser registrada en una cuenta contable espec\u00edfica del concesionario, quedando los fondos disponibles para ser afectados al destino que determine la Autoridad de Aplicaci\u00f3n\u201d<\/strong>. Las apreciaciones fueron refrendadas por el Directorio del organismo de control, fundando la sanci\u00f3n <strong>\u201cpor el apartamiento de los l\u00edmites admisibles de Calidad de Producto y Servicio T\u00e9cnico, alcanzados en esta instancia, en el per\u00edodo de control, comprendido entre el 2 de junio y el 1\u00ba de diciembre de 2017 de la Etapa de R\u00e9gimen\u201d<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Otro semestre<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Otras actuaciones de similar tenor, tienen que ver con un per\u00edodo diferente que alcanza el a\u00f1o 2018. En ambos casos cuando la provincia de Buenos Aires era gobernada por <strong>Mar\u00eda Eugenia Vidal<\/strong>. De igual modo se solicitaron los informes pertinentes y como consecuencia de la actividad de auditor\u00eda de verificaci\u00f3n llevada a cabo por el auditor, la Gerencia de Control de Concesiones concluy\u00f3: <strong>\u201csurgen las penalizaciones a aplicar por los apartamientos a los par\u00e1metros de calidad establecidos en el contrato de concesi\u00f3n correspondiente<\/strong>\u201d. A tal efecto, a continuaci\u00f3n, se detallan los montos totales de las penalizaciones a los que se ha arribado en esta instancia para el semestre analizado: Total Calidad de Producto T\u00e9cnico: $146.046,42; Total Calidad de Servicio T\u00e9cnico: $5.251.832,58; Total Penalizaci\u00f3n Apartamientos: $5.397.879,00. En este caso el per\u00edodo de control, est\u00e1 comprendido entre el 2 de diciembre de 2017 y el 1\u00ba de junio de 2018 de la Etapa de R\u00e9gimen.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El organismo de control funda sus penalidades en la calidad de producto y el &nbsp;servicio t\u00e9cnico. En dos per\u00edodos diferentes encontr\u00f3 que el servicio no cumpl\u00eda con el nivel de calidad establecido en los contratos. 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