{"id":71377,"date":"2025-07-14T23:03:18","date_gmt":"2025-07-15T02:03:18","guid":{"rendered":"https:\/\/sprotagonistas.com.ar\/?p=71377"},"modified":"2025-07-14T23:03:19","modified_gmt":"2025-07-15T02:03:19","slug":"establecen-compensacion-economica-para-autoridades-de-mesa-y-delegados-de-las-elecciones-de-septiembre","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sprotagonistasarchivo.com.ar\/2025\/establecen-compensacion-economica-para-autoridades-de-mesa-y-delegados-de-las-elecciones-de-septiembre\/","title":{"rendered":"Establecen compensaci\u00f3n econ\u00f3mica para autoridades de mesa y delegados de las elecciones de septiembre"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Ministerio de Gobierno de la provincia de Buenos Aires, defini\u00f3 a comienzos de la semana anterior, las sumas que percibir\u00e1n, en concepto de vi\u00e1tico y de vi\u00e1tico adicional por capacitaci\u00f3n, las autoridades electorales en las mesas receptoras de votos y los delegados designados por la Junta Electoral en las elecciones generales provinciales a celebrarse el d\u00eda 7 de septiembre de 2025.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De acuerdo a decretos provinciales se procedi\u00f3 a convocar al electorado de la provincia de Buenos Aires a elecciones generales provinciales para el d\u00eda 7 de septiembre y las condiciones para el ejercicio pleno y efectivo del derecho al sufragio de los y las bonaerenses constituyen una responsabilidad ineludible y un valor supremo del estado democr\u00e1tico de derecho que el ejecutivo bonaerense debe garantizar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En tal sentido le corresponde a la Junta Electoral la planificaci\u00f3n y organizaci\u00f3n del proceso electoral; donde se establece que cada mesa se constituye con un elector, que actuar\u00e1 como \u00fanica autoridad, denominado presidente, y por un suplente, que lo reemplazar\u00e1 por inasistencia o cuando se ausentare de la mesa. La legislaci\u00f3n prev\u00e9 adem\u00e1s que los electores que hayan cumplido funciones como autoridades de mesa recibir\u00e1n una compensaci\u00f3n consistente en una suma fija en concepto de vi\u00e1tico y que el Poder Ejecutivo, <strong>\u201csesenta (60) d\u00edas antes de la fecha fijada para los comicios, determinar\u00e1 la suma que se liquidar\u00e1 en concepto de vi\u00e1tico, estableciendo el procedimiento para su pago, el cual se efectuar\u00e1 dentro de los sesenta (60) d\u00edas posteriores de realizados los comicios\u201d<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Afirman fuentes provinciales de manera oficial, que la Junta Electoral ha venido desarrollando numerosas actividades tendientes a garantizar el \u00e9xito de la elecci\u00f3n provincial, entre ellas, la capacitaci\u00f3n de las autoridades de mesa, orientada a que las mismas desempe\u00f1en su rol con la debida diligencia, contando con los conocimientos necesarios para poder afrontar tan importante tarea. Precisamente con el objetivo de estimular la participaci\u00f3n en las actividades de capacitaci\u00f3n que impartir\u00e1 la Junta Electoral de la Provincia a los electores, los designados como autoridades de mesa, resulta conveniente fijar una asignaci\u00f3n adicional en el citado concepto para tales electores que hayan formado parte de las mismas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n T\u00e9cnica N\u00b0 147\/22 de la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires se estableci\u00f3 la designaci\u00f3n de delegados\/as electorales en los locales de votaci\u00f3n, quienes deber\u00e1n desarrollar sus tareas en cada uno de los locales que dicha Junta designe para el funcionamiento de las mesas de votaci\u00f3n, a fin de colaborar con las autoridades de mesa, que son las encargadas del cumplimiento de las funciones espec\u00edficas asignadas por la ley. La Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires establece que quienes hayan cumplido funciones como \u201cdelegados electorales\u201d recibir\u00e1n una compensaci\u00f3n consistente en una suma fija en concepto de vi\u00e1tico, que ser\u00e1 superior a la que oportunamente se determine conforme el art\u00edculo 39 de la Ley N\u00ba 5.109 para autoridades de mesa y con el mismo procedimiento de pago.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De acuerdo con las normas precedentemente citadas, corresponde al Poder Ejecutivo, determinar la suma que se liquidar\u00e1 en concepto de vi\u00e1tico, estableciendo el procedimiento para su pago. En ese orden de ideas, y a efectos de garantizar el buen desarrollo de la elecci\u00f3n provincial, se considera conveniente establecer la suma de pesos cuarenta mil ($ 40.000), en concepto de vi\u00e1tico, para quienes sean designados autoridades en las mesas receptoras de votos y que cumplan efectivamente sus funciones durante la mencionada jornada electoral.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Asimismo, corresponde establecer la suma de pesos cuarenta mil ($ 40.000) en concepto de vi\u00e1tico adicional, para los electores mencionados en apartado anterior, que efectivamente hayan participado, en forma previa al efectivo ejercicio de sus funciones, de las actividades de capacitaci\u00f3n dictadas por la Junta Electoral de la Provincia. A su vez, en materia de compensaci\u00f3n por vi\u00e1ticos asignada a los delegados electorales previstos en la mencionada Resoluci\u00f3n T\u00e9cnica N\u00b0 147\/22 de la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, corresponde fijar la suma de pesos ciento veinte mil ($ 120.000).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En resumen, el decreto del gobernador establece en cuarenta mil ($ 40.000) la suma que percibir\u00e1n en concepto de vi\u00e1tico los electores que cumplan efectivamente funciones de autoridades en las mesas receptoras de votos en las elecciones generales, la suma de pesos cuarenta mil ($ 40.000) en concepto de vi\u00e1tico adicional, para los electores mencionados anteriormente, que efectivamente hayan participado, en forma previa al efectivo ejercicio de sus funciones en las referidas elecciones generales, de las actividades de capacitaci\u00f3n dictadas por la Junta Electoral de la Provincia. Y se establece en pesos ciento veinte mil ($ 120.000) la suma que percibir\u00e1n en concepto de vi\u00e1tico, quienes hayan sido designados por la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires como delegados en los locales de votaci\u00f3n en los cuales funcionen las mesas receptoras de votos, y que cumplan efectivamente tal funci\u00f3n, en las elecciones generales a celebrarse el d\u00eda 7 de septiembre del corriente a\u00f1o.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Ministerio de Gobierno de la provincia de Buenos Aires, defini\u00f3 a comienzos de la semana anterior, las sumas que percibir\u00e1n, en concepto de vi\u00e1tico y de vi\u00e1tico adicional por capacitaci\u00f3n, las autoridades electorales en las mesas receptoras de votos y los delegados designados por la Junta Electoral en las elecciones generales provinciales a celebrarse [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":71331,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[200],"tags":[],"class_list":["post-71377","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-politica"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/sprotagonistasarchivo.com.ar\/2025\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/71377","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/sprotagonistasarchivo.com.ar\/2025\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/sprotagonistasarchivo.com.ar\/2025\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sprotagonistasarchivo.com.ar\/2025\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sprotagonistasarchivo.com.ar\/2025\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=71377"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/sprotagonistasarchivo.com.ar\/2025\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/71377\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sprotagonistasarchivo.com.ar\/2025\/wp-json\/wp\/v2\/media\/71331"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/sprotagonistasarchivo.com.ar\/2025\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=71377"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/sprotagonistasarchivo.com.ar\/2025\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=71377"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/sprotagonistasarchivo.com.ar\/2025\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=71377"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}