En el marco de la emergencia sanitaria entienden que es necesario brindar el servicio y proveer seguridad jurídica. A través de una acordada se instruye a la Secretaría de Personal que elabore una propuesta de licencia compensatoria. Desde el gremio rechazaron la medida.
La Suprema Corte de Justicia resolvió suspender la feria judicial de invierno, en razón del estado de emergencia sanitaria y su inevitable impacto sobre el servicio de justicia. Así lo dispuso a través del Acuerdo Nº 3979 a fin de satisfacer las necesidades del servicio y proveer de seguridad jurídica contemplando las formas de armonización con el ejercicio de los derechos de quienes prestan funciones en el Poder Judicial.
En los fundamentos de la decisión se expresó que, en lo referente al receso invernal para la Justicia de la Provincia de Buenos Aires, corresponde a la Suprema Corte fijar la fecha a partir de la cual tendrá inicio la próxima feria judicial, a diferencia de lo normado respecto de la feria del mes de enero, que se encuentra determinada por la propia ley. A ello se añade la normativa que faculta al Tribunal a suspender los períodos de inactividad cuando razones de real urgencia o el cúmulo de tareas así lo hiciese necesario.
Finalmente, el Tribunal instruyó a la Secretaría de Personal a que elabore una propuesta de licencia compensatoria, fraccionable en períodos no mayores de cinco días hábiles consecutivos, que deberá ser usufructuada dentro de los tres años siguientes al de finalización de la pandemia, cuidando de no generar una afectación al servicio de justicia.
Esta definición encontró una posición en contra por parte del gremio que nuclea a los trabajadores del sector. Se conoció que la Asociación Judicial Bonaerense expresa su rechazo a la suspensión de la feria judicial de invierno dispuesta por la Suprema Corte atento que no existen motivos reales para sostener esa decisión.
Desde la entidad gremial entienden que en tanto el Poder Judicial mantuvo su funcionamiento durante todo el semestre – con las restricciones propias de la emergencia sanitaria – la suspensión del receso invernal sólo constituye una nueva e innecesaria concesión a aquellos sectores que pretenden que se prioricen sus intereses económicos por sobre el cuidado de la salud del conjunto de la población.
Por otra parte, el mantenimiento de la feria invernal habría cumplido un importante rol en materia sanitaria, al disminuir la afluencia de personas a los Tribunales en un momento en que se anuncia el endurecimiento de las medidas de aislamiento obligatorio como consecuencia del incremento sostenido del número de contagios en la Provincia de Buenos Aires, y en el mismo período del año en que se multiplican las enfermedades respiratorias.
Cabe resaltar el reconocimiento del derecho adquirido al descanso de las y los trabajadores judiciales, logrado como consecuencia de los reclamos realizados por la AJB ante la Suprema Corte. Esa exigencia fue transmitida con claridad al máximo Tribunal luego de registrarse medidas de suspensión de ferias invernales en el Poder Judicial de la Nación y en diferentes provincias, que incluyen el avasallamiento de aquel derecho esencial de la relación laboral.
Reclamo
Desde la Asociación Judicial Bonaerense indicaron que se reclamará una instancia de negociación colectiva para discutir los términos de la reglamentación del acuerdo dictado, donde se incluya la posibilidad de optar por el goce del descanso necesario durante el mes de julio a aquellas y aquellos empleados y funcionarios que sostuvieron el funcionamiento del Poder Judicial desde el comienzo de la pandemia, ya sea a través del trabajo presencial o del trabajo a distancia.







