La iniciativa surge del oficialismo como proyecto de Ordenanza. Los establecimientos autorizados a la venta de bebidas alcohólicas deberán garantizar el acceso al agua potable. El concejal Massa aclara que no se estimula o legitima el consumo, sino que se realice con los menores daños posibles.

En el Concejo Deliberante de nuestra ciudad, que sesionará este martes 11 de octubre, un proyecto de Ordenanza del Frente de Todos, propone poner puntos de hidratación de agua en lugares habilitados para el consumo de bebidas alcohólicas. El concejal del Bloque del Frente de Todos, Pablo Massa, contó “la idea es que en todos los lugares que tengan autorización para vender bebidas alcohólicas haya puntos de hidratación, en zonas visibles, accesibles y de manera gratuita”. Asimismo, Massa señaló “este proyecto de Ordenanza se presentará en la próxima sesión del día martes, donde seguramente irá a Comisión, la cual está enmarcada dentro del concepto de reducción de daños” y subrayó “quiero ser claro con esto, este concepto, bajo ningún punto estimula o legitima el consumo, sino que está abocado a que ese consumo de bebidas alcohólicas sea realizado con los menores daños posibles”. Agregó el edil que “sería importante poder concientizar y debatir esta Ordenanza, que está enmarcada dentro del cuidado de la salud, y que de hecho se viene haciendo en otras ciudades. Esto estuvo consensuado y charlado con los dueños y comerciantes – bares, boliches y la nocturnidad de la ciudad – teniendo una gran aprobación al respecto”.

Ordenanza

Más allá de los fundamentos y las consideraciones del concejal del oficialismo, los siguientes son los puntos más destacados de la parte dispositiva de la pretendida Ordenanza. Expresa en su primer artículo que la norma está orientada a mitigar y reducir los daños asociados al consumo de bebidas alcohólicas y otras sustancias psicoactivas. Luego destaca que los establecimientos radicados en Mercedes, que detentan autorización para venta de bebidas alcohólicas, deben proveer gratuitamente agua potable suficiente y sin ningún costo. En el caso de los establecimientos que tengan atención con mesas o el caso que hubiese barra, deberá garantizarse en los mismos una jarra, envase de agua potable en bebederos o dispenser. “El consumo de agua potable deberá ser accesible, siendo este visible sin dificultades de acceso. La provisión de agua en baños o lugares de difícil acceso no constituye el cumplimiento del requisito”, dice el artículo cuarto. Agrega que el Ejecutivo a través del área correspondiente, brindará la cartelería y folletería necesaria, con el fin de señalizar los puntos de hidratación como así también su difusión en pos de concientizar la importancia del consumo de agua durante la ingestión de bebidas alcohólicas. También deja en claro que el Ejecutivo proveerá las jarras o dispenser a los comercios que lo requieran.

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