El organismo de control funda sus penalidades en la calidad de producto y el  servicio técnico. En dos períodos diferentes encontró que el servicio no cumplía con el nivel de calidad establecido en los contratos.

El OCEBA finalmente aplicó fuertes sanciones contra la empresa EDEN y no precisamente por los cortes que se registraron durante el pasado mes de diciembre sino por cuestiones de vieja data. Las multas aplicadas por el organismo de control bonaerense superan los 8 millones de pesos las cuales están fundadas en dos resoluciones diferentes. Una de 3.9 millones y otra de 5.3, ambas publicadas en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires.

La primera de ellas señala que por actuaciones del ente de control se ha solicitado a la empresa EDEN toda la información correspondiente al trigésimo tercer (33°) período de control, comprendido entre el 2 de junio y el 1º de diciembre de 2017 de la Etapa de Régimen, respecto de la eventual penalización que pudiera corresponder por apartamientos a los límites admisibles de Calidad de Producto y Servicio Técnico. En tal sentido la distribuidora remitió las diferentes constancias con los resultados del semestre en cuestión. Dichos informes y como consecuencia de la actividad de auditoría de verificación llevada a cabo por el auditor, la Gerencia de Control de Concesiones concluyó: “…surgen las penalizaciones a aplicar por los apartamientos a los parámetros de calidad establecidos en el contrato de concesión correspondiente”. Las penalizaciones tienen que ver con Calidad de Producto Técnico: $91.334,02; y Total Calidad de Servicio Técnico: $3.899.239,07; 3. El total de la penalización es de $3.990.573,09. Agrega que la Gerencia de Procesos Regulatorios señaló que el Marco Regulatorio Eléctrico establecido por la Ley 11.769, garantiza el derecho de los usuarios a recibir un suministro de energía que cumpla con metas y niveles de calidad de servicios mínimos, que se determinan en los respectivos contratos de concesión. En tal sentido, el Contrato de Concesión, establece que es responsabilidad del distribuidor prestar el servicio público de distribución de electricidad con un nivel de calidad satisfactorio, acorde con los parámetros establecidos de forma tal de asegurar la prestación del servicio con la calidad mínima indicada, dando lugar su incumplimiento a la aplicación de sanciones. Se aclara que la penalización por los apartamientos a los parámetros de calidad establecidos en el contrato de concesión correspondiente al período auditado “deberá ser registrada en una cuenta contable específica del concesionario, quedando los fondos disponibles para ser afectados al destino que determine la Autoridad de Aplicación”. Las apreciaciones fueron refrendadas por el Directorio del organismo de control, fundando la sanción “por el apartamiento de los límites admisibles de Calidad de Producto y Servicio Técnico, alcanzados en esta instancia, en el período de control, comprendido entre el 2 de junio y el 1º de diciembre de 2017 de la Etapa de Régimen”.

Otro semestre

Otras actuaciones de similar tenor, tienen que ver con un período diferente que alcanza el año 2018. En ambos casos cuando la provincia de Buenos Aires era gobernada por María Eugenia Vidal. De igual modo se solicitaron los informes pertinentes y como consecuencia de la actividad de auditoría de verificación llevada a cabo por el auditor, la Gerencia de Control de Concesiones concluyó: “surgen las penalizaciones a aplicar por los apartamientos a los parámetros de calidad establecidos en el contrato de concesión correspondiente”. A tal efecto, a continuación, se detallan los montos totales de las penalizaciones a los que se ha arribado en esta instancia para el semestre analizado: Total Calidad de Producto Técnico: $146.046,42; Total Calidad de Servicio Técnico: $5.251.832,58; Total Penalización Apartamientos: $5.397.879,00. En este caso el período de control, está comprendido entre el 2 de diciembre de 2017 y el 1º de junio de 2018 de la Etapa de Régimen.

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