La semana anterior el Sindicato de Empleados de Comercio y la Cámara Económica Mercedina, firmaron un acuerdo de partes con relación al día del trabajador mercantil. La rúbrica de este entendimiento tuvo como representantes sindicales al Secretario General del SEC, Sergio Caballero; el Adjunto, Diego Gerdo y el secretario de Finanzas, Alfredo González. Por parte de la CEM lo hicieron la presidenta de la entidad, Paula Arretche y el gerente de la misma, Ariel Pietrucha. El acta consta de tres puntos donde se deja en claro que de acuerdo a la Ley 26.541, se ha instituido el 26 de septiembre como el Día del Empleado de Comercio, “atento a ello las partes firmantes en uso de su autonomía acuerdan y sugieren: el cese de la actividad comercial para todos los trabajadores y trabajadoras de comercio desde las 0 horas, hasta las 24, para el día lunes 25 de septiembre, a los fines de garantizar el descanso de todos los trabajadores comprendidos dentro del convenio colectivo de trabajo (CCT 130/75), en todos los alcances de la mencionada ley, y asegurando también la competencia leal entre los empleadores del rubro. Entendiendo que cada empleador puede ejercer su derecho al trabajo sin la presencia de los empleados para ese día”. En otro apartado se menciona que en materia de remuneración se debe dar cumplimiento a las normas legales vigentes en materia laboral y con los alcances de la Ley 26.541, estableciéndose que el lunes en que se conmemore el día del empleado de comercio, no se podrá otorgar como franco compensatorio de descanso semanal. En el último punto del acuerdo de partes dejan en claro que el Sindicato de Empleados de Comercio, en caso de incumplimiento de dicho acuerdo, asume el compromiso de hacer verificar mediante el Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires, el efectivo cumplimiento del artículo 201 de la Ley 20.744 y demás legislación vigente en el ámbito laboral.







