Fue aprobado en la Cámara de Diputados Bonaerense. La aplicación traerá grandes beneficios a los clubes y distintos tipos de instituciones.
Luego de más de dos meses de haber sido presentado, finalmente ayer la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires convirtió en ley el proyecto que brinda beneficios excepcionales a las asociaciones civiles, mutuales, clubes de barrio y organizaciones con roles sociales en el territorio provincial.
El impulsor del proyecto fue el matancero Facundo Tignanelli, presidente del Bloque del Frente de Todos en la Cámara Baja, quien en su exposición destacó que “cuando el pueblo se organiza y exige a los representantes para defender sus derechos, eso funciona”.
La iniciativa había sido aprobada en Diputados a principios de julio, luego pasó al Senado y allí se pospuso reiteradas veces su tratamiento hasta que se aprobó, pero con algunas modificaciones realizadas por Juntos por el Cambio. Por lo tanto, el proyecto modificado debió volver a la Cámara de Diputados donde finalmente fue aprobada.
Se trata de una ley que declara de interés público a las asociaciones civiles de primer grado tales como los clubes de barrio, comedores, centros culturales, sociedades de fomento, jardines comunitarios y asociaciones de migrantes. Además, facilita la tramitación para su creación, y les otorga diferentes beneficios de tipo impositivo, tarifario y documental.
En concreto, prevé la condonación de deudas ante la Dirección Provincial de Personería Jurídica, incluso desde el año 2014. El cambio introducido en la Cámara Alta garantiza un fondo especial con partidas específicas para aquellas instituciones alcanzadas por la ley.
Por otro lado, contempla la prórroga de los plazos de presentaciones jurídicas, establece una tarifa cero para los servicios durante la pandemia de COVID-19 y se incluye en la exención de pago el Impuesto Inmobiliario. Además, se decreta la inembargabilidad e inejecutabilidad de los inmuebles de las asociaciones civiles.
Otro de los puntos es que las asociaciones bonaerenses tendrán la posibilidad de certificarse por los funcionarios públicos, evitando el gasto de escribanía; y se establece la creación del Registro de Bienes con Función Social que apunta a que aquellas instituciones sin inmuebles donde realizar sus actividades puedan solicitar el Permiso de Uso Precario.
Finalmente, establece la paridad de género en la conformación de las Comisiones Directivas, exceptuando aquellas que por su función y origen estén vinculadas a temáticas de género.
La norma alcanza tanto a clubes de barrio como centros de jubilados, de fomento, espacios culturales, jardines de infantes comunitarios, comedores sociales, entre otros.
Puntos salientes de la nueva ley
1- Prórroga de plazos para la presentación de documentación asamblearia, por ejemplo de las Comisiones Directivas.
2- Tarifa cero para los servicios mientras dure la pandemia. Es decir, eximir la deuda generada durante la pandemia en agua, gas, electricidad, Internet, telefonía fija o móvil.
3- Personería Jurídica, reducción de plazo de la documentación a presentar. Se reduce a 5 años de antigüedad como máximo, en por ejemplo la antigüedad de los Balances a presentar. Documentación del 01/01/2015 a la actualidad.
4- Constituir sin gastos por instrumento público, como por ejemplo poder hacer las certificaciones ante funcionario público para ahorrar honorario de escribano.
5- Exención del Impuesto Inmobiliario.
6- Caja de Ahorros gratuita en Banco Provincia de Buenos Aires.
7- Asesoramiento técnico legal gratuito.
8- Implementación de un censo provincial de infraestructura social.
9- Bienes con función social, para poder destinar inmuebles a clubes que no poseen.
10- Registro de comedores comunitarios.
11- Inembargabilidad e inejecución de los bienes de estas asociaciones civiles.







