Además de la Asesoría General de Gobierno ahora se conoce el dictamen del área de Legales consultada por el HCD. El parlamento local deberá resolver el caso de la polémica extraordinaria convocada por una concejal de Juntos por el Cambio.

Tras haberse conocido el dictamen de la Asesoría General de Gobierno, el Concejo Deliberante recibió el pasado viernes un dictamen del área de Legales de la comuna, quien hace las veces de órgano consultivo del cuerpo. El mismo tiene que ver con el caso de la sesión extraordinaria convocada por Evangelina Cabral, vicepresidenta primera del HCD, hecho que desató una fuerte polémica y que oportunamente hemos manifestado, no iba a quedar tan solo en ese acto administrativo sino que vendrían las derivaciones lógicas. En tal sentido puede decirse que esto resulta ser una parte más de la discusión administrativa, puesto que se analizará si están dadas las causales para llevarlo a los estrados judiciales, hecho que tiene una probabilidad muy alta. “La autoridad del Cuerpo Deliberativo reside en la persona de su Presidente y por lo tanto su función no puede ser reemplazada sino en caso de ausencia o licencia”, comienza diciendo el dictamen que el parlamento local ya tiene en su poder. Tras algunas consideraciones normativas, destaca Legales que frente a tal contexto normativo, la convocatoria a sesión extraordinaria efectuada por la Vicepresidente del cuerpo deliberativo, arrogándose el carácter de “Presidente en reemplazo del H.C.D.”, “merece reparo y observación jurídica”. Agrega que la Concejal no puede atribuirse tal carácter sin seguir los términos legales para su consecución, “lo actuado por la edil, no se corresponde con la Ley Orgánica de las Municipalidades citada y es en consecuencia, ilegal”. Repara además que tampoco se demostró que existieran asuntos de interés público que ameritaran como necesaria la cuestionada reunión. “La solicitud de convocatoria a sesión extraordinaria no contiene temario, no invoca ni prueba la existencia de gravedad y urgencia exigida por la reglamentación vigente, careciendo por ello de capacidad para poner en marcha un procedimiento legislativo excepcional, lo que denotaría por parte de los concejales que la suscribieron un comportamiento manifiestamente arbitrario, produciendo un acto ilegítimo que afecta ejercer las funciones que le son propias al Presidente nato del órgano, y por otra parte quedaría consolidada la situación jurídica objetiva de la Vicepresidente del cuerpo, al ejercer ilegítimamente un cargo que no le correspondía”, remarca el área de Legales consultada. Agrega que el acto objetado “traduce un avasallamiento institucional que atenta contra el normal funcionamiento del cuerpo y del municipio, lo que reviste gravedad institucional”.

Comisión

El Concejo entonces ya tiene respuesta a su consulta por aquella extraordinaria que solo duró trece minutos. De acuerdo a fuentes confiables, el cuerpo buscará la conformación de una comisión para analizar lo sucedido y actuar en consecuencia. La ley Orgánica de las Municipalidades establece en que podría derivar el hecho en caso que encuentren irregularidades como se plantean tanto en la opinión no vinculante de la Asesoría General de Gobierno como en este dictamen de Legales. En primer lugar habla de amonestaciones como un castigo menor, aunque también establece multas o hasta la destitución con causa. Como hemos dicho, también existe la posibilidad de llevar el caso a la Justicia y en tal sentido el dictamen que recibió el HCD hace referencia al tema. “Respecto de la eventual responsabilidad penal que pudiere endilgarse a la Vicepresidente del Cuerpo Deliberativo, una vez resuelta la contrariedad del acto en cuestión con el ordenamiento jurídico, podría determinarse si tal ilicitud trasciende de lo meramente administrativo y alcanzaría la órbita penal, y sería entonces, que en sede jurisdiccional se podría investigar, la existencia de materialidad y autoría de conductas tipificadas…”. Lo dictaminado por la AGG aclara que tal denuncia debe contar con fundamentos serios.

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